Localización de Testamento

Mediante este servicio averiguará si una persona tenía o no testamento y se le remitirá toda la documentación que ud. precisa para obtener una copia autorizada del mismo (certificado de defunción, certificado de actos de última voluntad y carta-solicitud). Recuerde que hasta pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, no se pueden expedir las últimas voluntades.

Paso 1.- Usted nos hace una solicitud inicial rellenando el formulario que figura más abajo. En este momento no tiene ud. que pagar cantidad alguna.

Paso 2.-  Examinada la solicitud se aceptará expresamente, salvo que sea preciso completar algún dato.

Paso 3.- Una vez que se tenga preparado el servicio se le comunicará con las instrucciones de pago. El precio comprende todos los gastos (tasas y gastos de envío).

Paso 4.- Efectuado el pago:

  • Si el causante hizo testamento: recibirá en su domicilio los siguientes documentos:
    • El certificado de defunción del Registro civil (salvo que ud. no indique que ya posee uno).
    • Un certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, donde constará la fecha y lugar de otorgamiento del testamento.
    • Una solicitud dirigida a la notaría o archivo dónde se encuentre el testamento, para ser firmada por ud.

    Además esta documentación también le será anticipada mediante su envío por correo electrónico.

  • Si el causante no hizo testamento: recibirá en su domicilio los siguientes documentos::
    • Certificado de defunción del Registro civil (salvo que ud. no indique que ya posee uno).
    • Un certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, donde constará que el causante no tenía hecho testamento.

    Además esta documentación también le será anticipada mediante su envío por correo electrónico.

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Descripción

Mediante este servicio averiguará si una persona tenía o no testamento y se le remitirá toda la documentación que ud. precisa para obtener una copia autorizada del mismo (certificado de defunción, certificado de actos de última voluntad y carta-solicitud). Recuerde que hasta pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, no se pueden expedir las últimas voluntades.

Paso 1.- Usted nos hace una solicitud inicial rellenando el formulario que figura más abajo. En este momento no tiene ud. que pagar cantidad alguna.

Paso 2.-  Examinada la solicitud se aceptará expresamente, salvo que sea preciso completar algún dato.

Paso 3.- Una vez que se tenga preparado el servicio se le comunicará con las instrucciones de pago. El precio comprende todos los gastos (tasas y gastos de envío).

Paso 4.- Efectuado el pago:

  • Si el causante hizo testamento: recibirá en su domicilio los siguientes documentos:
    • El certificado de defunción del Registro civil (salvo que ud. no indique que ya posee uno).
    • Un certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, donde constará la fecha y lugar de otorgamiento del testamento.
    • Una solicitud dirigida a la notaría o archivo dónde se encuentre el testamento, para ser firmada por ud.

    Además esta documentación también le será anticipada mediante su envío por correo electrónico.

  • Si el causante no hizo testamento: recibirá en su domicilio los siguientes documentos::
    • Certificado de defunción del Registro civil (salvo que ud. no indique que ya posee uno).
    • Un certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, donde constará que el causante no tenía hecho testamento.

    Además esta documentación también le será anticipada mediante su envío por correo electrónico.