Comunicación Ampliación de Actividad Agencia Tributaria

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Comunicación Ampliación de Actividad Agencia Tributaria.

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Descripción

Comunicación Ampliación de Actividad Agencia Tributaria

Se utilizará este trámite cuando se produzca alguna modificación en los datos de actividades y locales, que dé lugar a una variación sobre lo declarado inicialmente.

La página 4 del modelo 036 o la página 3 del modelo 037 se habrá cumplimentado cuando se ha presentado la declaración de alta, comunicando el inicio de actividad e incluso se ha podido cumplimentar al solicitar el NIF provisional.

Todas las personas y entidades incluidas en el censo de empresarios, profesionales y retenedores deben declarar todas las actividades económicas que desarrollen, así como, en su caso, la relación de los establecimientos o locales en los que las lleven a cabo, mediante la declaración censal. Esta obligación es independiente de que, además y en su caso, la entidad pueda estar obligada al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas (Hasta el 31 de diciembre de 2007 los sujetos pasivos que estaban obligados al pago del IAE no tenían que declarar sus actividades mediante la declaración censal).

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