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Quiero divorciarme.

En esta entrada vamos a tratar de explicar qué es un divorcio, los tipos de divorcios que existen y la diferencia con la “separación matrimonial”. En una ulterior entrada hablaremos sobre las peculiaridades del proceso de divorcio así como los documentos que se han de aportar en el proceso. Esperamos que os sea aclaratorio y os sirva de algo. No obstante ya sabéis que os podéis poner en contacto con nosotros para cualquier duda, a través de la web, o solicitar nuestros servicios si tenéis pensado divorciaros.
Lo primero, como ya he adelantado, es ver qué se entiende desde un punto de vista jurídico por divorcio. Divorcio es una de las formas de disolución del matrimonio. También lo son la muerte y la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges. Por lo tanto, lógicamente, para divorciarse primero se de estar casado, va de suyo pues, que no se pueden divorciar las “parejas de hecho”. Para poder divorciarse es necesario que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio (artículo 81 Código Civil).
Definimos pues el divorcio como causa de disolución del matrimonio caracterizada por la ruptura del vínculo conyugal en virtud de una decisión judicial, ya sea a petición conjunta de ambos cónyuges o de uno sólo. Así pues tres requisitos son exigibles para poder divorciarse.
1. Estar casado.
2. Solicitarlo ante un Juez.
3. Que un Juez lo resuelva por sentencia firme.
Se ha de señalar que para poder divorciarse no es preciso alegar causa alguna que justifique el divorcio sino simplemente manifestar la voluntad de disolver el vínculo matrimonial.
Una vez definido el divorcio vamos a referirnos ahora a los dos tipos de divorcio que existen:
1. Divorcio de mutuo acuerdo (tramitación simplificada).
Este tipo de divorcio es en el que las partes acuerdan y manifiestan su voluntad de divorciase, o una de las partes se adhiere a la propuesta de divorciase del otro. El acuerdo plasmado por escrito entre los cónyuges se denomina convenio regulador. En el cual los cónyuges han de manifestar su deseo de divorciarse y además han de regular todas las consecuencias que de su disolución ha de conllevar; tanto en su aspecto familiar (relación con los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos) como en su aspecto patrimonial (uso de la vivienda familiar, cargas del matrimonio, liquidación del régimen económico, etcétera).

2. Divorcio Contencioso (constituye objeto de desacuerdo jurídico entre las partes).

Este tipo de divorcio es el que una de las partes no está de acuerdo con la solicitud de divorcio del otro cónyuge o no existe acuerdo o adhesión a lo estipulado en el convenio regulador propuesto por el otro cónyuge. Cualquiera de los cónyuges puede solicitar del Juzgado que se inicie un procedimiento de divorcio que finalmente termine con la declaración del mismo y por tanto la disolución del matrimonio por sentencia firme. El divorcio contencioso supone un mayor coste anímico, económico y, temporal para ambas partes. Junto con la demanda de divorcio, al igual que en la contestación que presente el cónyuge demandado, deberán aportarse todas las pruebas de las que vaya a valerse cada uno cuando se celebre el juicio.
Una vez indicado los tipos de divorcio que pueden darse vamos a señalar la diferencia entre divorcio y separación. La principal diferencia consiste en que la separación de disuelve el vínculo matrimonial. Es decir una vez divorciado te puedes volver a casar sin embargo en la separación al no ser una forma de disolución del matrimonio, y por lo tanto no estar disuelto el vínculo matrimonial no puedes volver a casarte. La separación conyugal supone la situación de los cónyuges que han interrumpido la convivencia matrimonial sin ruptura del vínculo matrimonial, por acto unilateral o por acuerdo mutuo. (En una ulterior entrada nos detendremos más en profundidad en esta figura).